A mediados de noviembre, el Pleno del Congreso del Estado de Tamaulipas aprobó por unanimidad de votos la reforma a la Ley de Salud y al Código Penal, en los cuales se descriminaliza la mala praxis médica, es decir, se limita la posibilidad de castigo para quien cometa negligencia médica.
La asamblea parlamentaria, impulsada por la bancada de Morena, no tuvo debate de por medio para avalar la polémica acción legislativa en la que se exime de responsabilidad a los profesionales de la salud ante cualquier denuncia penal por parte de algún paciente afectado o sus familiares bajo el argumento de que no se puede juzgar a un médico, técnico, cirujano, auxiliar o cualquier trabajador de la salud como un delincuente, ya que actúan sin la intención de cometer un crimen.
Los legisladores adicionaron un párrafo al Artículo 25 de la Ley de Salud, que indica: “Se exime de responsabilidades a los prestadores de la salud cuando los establecimientos dedicados a la prestación de servicios de salud, en cualquiera de sus modalidades, no cuente con las condiciones, el equipamiento y el instrumental médico mínimo indispensable. En este supuesto, la responsabilidad recaerá en la institución de salud”.
Por su parte, al Artículo 235 del Código Penal se le adicionaron las fracciones III y IV. La fracción III indica que los supuestos y penas a los que se refiere la fracción I se aplicarán en caso de que el prestador de servicios de salud actúe bajo en influjo de sustancias tóxicas, psicotrópicos, estupefacientes o alcohol.
La fracción IV indica que no existirá delito doloso ni culposo en caso de que el paciente presente efectos secundarios, complicaciones al tratamiento o cuando el médico haga todo lo necesario para salvaguardar su integridad física.
Al Artículo 238 se le añadió una fracción IV para indicar que habrá responsabilidad para el personal que niegue ingreso, atención y estabilización a cualquier persona en caso de urgencia.
Si bien la nueva legislación indica que ya no habrá sanciones penales por negligencia médica en hospitales, clínicas o consultorios, las personas afectadas podrán actuar por vía civil o administrativa contra el presunto responsable. Además, solo podrá materializarse la negligencia en caso de médicos que traten a pacientes que no sean propios de su especialidad, y en caso de que actúen bajo la influencia de drogas o alcohol.
Le recordamos que, por ahora, estas modificaciones solo aplican para Tamaulipas, y que es el primer Estado en despenalizar la negligencia médica. Si usted radica en la Ciudad de México, Área Metropolitana y fue víctima de una mala praxis, cuente con los expertos de LEX & CO.
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Lic. Carlos Figueroa Rodríguez, abogado titular de Lex & Co. Cuenta con más de 10 años de experiencia en casos especializados en materia de demandas contra negligencias médicas y aseguradoras. Egresado de la Universidad Anáhuac y con Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Barra Nacional de Abogados, además, cuenta con un doctorado en Ciencias Jurídicas por la UCI México. Cédula profesional 6577215.
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