Tabla de Contenidos
El riesgo de sufrir un despido en nuestro lugar de trabajo siempre está presente, y las causas pueden ser diversas. También está la posibilidad de que, en algún punto, consideremos que es tiempo de renunciar. En cualquiera de los casos, como trabajadores, debemos conocer a qué tenemos derecho dependiendo de la circunstancia en que estemos abandonando nuestro empleo, ya sea que tomemos la decisión de renunciar, o que nos despidan.
A continuación, le contaremos lo que debe saber sobre finiquito, liquidación y las diferencias entre ambos.
El finiquito corresponde a una remuneración monetaria que el patrón entregará al trabajador cuando la relación laboral haya llegado a su fin. Este pago corresponde a cualquier rescisión de un contrato laboral. El monto que un finiquito puede alcanzar se conforma por las siguientes prestaciones laborales:
Esta suma económica se le otorgará al trabajador una vez que se le notifica sobre la rescisión laboral, o bien, cuando es el propio trabajador quien presenta su renuncia. Ambas partes pueden establecer el pago del finiquito en un momento posterior o mediante convenio formal ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
Dentro del ámbito laboral, la liquidación es aquella indemnización que la empresa deberá otorgar al trabajador cuando las causas de la rescisión laboral no dependen del propio trabajador o su desempeño. El monto a cubrir por concepto de liquidación puede depender de variables como la antigüedad del trabajador, vacaciones, días de trabajo no pagados, entre otras.
Quizás te interese leer sobre: “Indemnización por riesgo de trabajo“
Cuando se liquida a un trabajador, esta indemnización se le debe entregar junto con una carta de despido y todas aquellas cantidades de pago que puedan estar pendientes, con lo cual la empresa habrá liquidado las obligaciones contraídas con el empleado.
Si la relación laboral ha llegado a su fin debido al despido del trabajador por causas ajenas a él, deberá recibir la liquidación correspondiente. De acuerdo con la Profedet, en estos casos el trabajador tiene derecho a lo siguiente:
Si usted enfrenta alguna situación laboral, como un despido injustificado o negligencia dental, y no recibe el monto que por ley le corresponde, en LEX & CO somos abogados especialistas en negligencia médica y nos ponemos a sus órdenes. Contáctenos al teléfono 55 6840 1076, al correo firma.lex.co@gmail.com o mediante nuestro formulario de contacto o WhatsApp si necesita peritos psicólogos. Con todo gusto le atenderemos.
Lic. Carlos Figueroa Rodríguez, abogado titular de Lex & Co. Cuenta con más de 10 años de experiencia en casos especializados en materia de demandas contra negligencias médicas y aseguradoras. Egresado de la Universidad Anáhuac y con Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Barra Nacional de Abogados, además, cuenta con un doctorado en Ciencias Jurídicas por la UCI México. Cédula profesional 6577215.
Calle California N° 130-A (Casi esquina Inglaterra) Col. Parque San Andrés, CDMX C.P. 04040
copyright 2020 Aviso de Privacidad