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El riesgo de sufrir un despido en nuestro lugar de trabajo siempre está presente, y las causas pueden ser diversas. También está la posibilidad de que, en algún punto, consideremos que es tiempo de renunciar. En cualquiera de los casos, como trabajadores, debemos conocer a qué tenemos derecho dependiendo de la circunstancia en que estemos abandonando nuestro empleo, ya sea que tomemos la decisión de renunciar, o que nos despidan.

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A continuación, le contaremos lo que debe saber sobre finiquito, liquidación y las diferencias entre ambos.

¿Qué es un finiquito?

El finiquito corresponde a una remuneración monetaria que el patrón entregará al trabajador cuando la relación laboral haya llegado a su fin. Este pago corresponde a cualquier rescisión de un contrato laboral. El monto que un finiquito puede alcanzar se conforma por las siguientes prestaciones laborales:

Esta suma económica se le otorgará al trabajador una vez que se le notifica sobre la rescisión laboral, o bien, cuando es el propio trabajador quien presenta su renuncia. Ambas partes pueden establecer el pago del finiquito en un momento posterior o mediante convenio formal ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

¿Qué es una liquidación?

Dentro del ámbito laboral, la liquidación es aquella indemnización que la empresa deberá otorgar al trabajador cuando las causas de la rescisión laboral no dependen del propio trabajador o su desempeño. El monto a cubrir por concepto de liquidación puede depender de variables como la antigüedad del trabajador, vacaciones, días de trabajo no pagados, entre otras.

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Cuando se liquida a un trabajador, esta indemnización se le debe entregar junto con una carta de despido y todas aquellas cantidades de pago que puedan estar pendientes, con lo cual la empresa habrá liquidado las obligaciones contraídas con el empleado.

Si me despiden, ¿qué me corresponde recibir?

Si la relación laboral ha llegado a su fin debido al despido del trabajador por causas ajenas a él, deberá recibir la liquidación correspondiente. De acuerdo con la Profedet, en estos casos el trabajador tiene derecho a lo siguiente:

 

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