En México, el hecho violatorio por el que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emite un mayor número de recomendaciones es la negligencia médica, hecho por el cual exhorta a las diversas instituciones de salud del país –públicas y privadas— a tener mejores prácticas y resarcir los daños a las personas afectadas en la medida que corresponde a cada caso en particular.
Tan sólo en 2018, dicho organismo atendió 489 presuntos actos de negligencia declarados por los usuarios de clínicas y hospitales, número al que podrían sumarse los de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) que, en promedio, resuelve cada año alrededor de mil 800 quejas.
Entre los diversos tipos de negligencia médica, se encuentra la de pérdida de oportunidad de vida o curación por un error, conocida también como retraso en el diagnóstico, la cual en muchas ocasiones no es denunciada.
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Ocurre cuando el médico diagnostica una enfermedad al paciente sin tener la precaución de hacer el uso adecuado de todas las herramientas a su disposición para una prescripción oportuna, lo que podría disminuir su esperanza de vida o curación.
Para ejemplificar esto, imagine que una persona que va al doctor por tener un fuerte dolor de cabeza es remitida de nuevo a su casa con una receta de paracetamol o aspirina y con indicaciones de reposo porque se le dijo que lo que tenía era migraña, aunque sólo se le hicieron algunas preguntas en el consultorio y se desestimaron los síntomas que presentaba. Posteriormente, el enfermo sufre un derrame cerebral a causa de un aneurisma y queda paralizado de la mitad de su cuerpo.
Aquí, lo que se tuvo que haber realizado fue algún estudio con el que el médico pudiese sustentar su teoría, como una resonancia magnética, la cual hubiera revelado la condición real del paciente, a quien se le negó la oportunidad de poder evitar el derrame y ahora se ve seriamente afectado.
Casos similares ocurren frecuentemente con otros padecimientos cuya pronta detección puede salvar la vida de quienes los sufren, como el cáncer, para el cual se estima que el diagnóstico llega, en promedio, hasta después de los siete meses en que el enfermo ha estado acudiendo a revisarse, cuando el tiempo de detección no debería superar el mes y medio, según datos del director del Instituto Nacional de Cancerología (Incan), Abelardo Meneses García.
Sin embargo, no siempre es del todo claro si el personal del hospital ha sido responsable de la demora de un diagnóstico, causando daños al usuario, o si en verdad se recurrieron a todos los medios disponibles, por lo que es mejor acercarse con un especialista en el tema en caso de duda.
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Lic. Carlos Figueroa Rodríguez, abogado titular de Lex & Co. Cuenta con más de 10 años de experiencia en casos especializados en materia de demandas contra negligencias médicas y aseguradoras. Egresado de la Universidad Anáhuac y con Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Barra Nacional de Abogados, además, cuenta con un doctorado en Ciencias Jurídicas por la UCI México. Cédula profesional 6577215.
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