En los lugares de trabajo se realizan muchas acciones repetitivas, se trabaja con una gran variedad de productos químicos peligrosos, se está expuesto a un nivel de ruido demasiado elevado, entre otros factores que pueden ocasionar una enfermedad, ya sea a mediano o largo plazo.
El Artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo define como riesgo tanto a los accidentes como a las enfermedades a las que el empleado está expuesto por su trabajo, mientras que el Artículo 475 define a la enfermedad laboral como un estado patológico derivado de la acción continua de una actividad por motivo de su trabajo, o bien, en el medio donde preste sus servicios.
Se conoce como enfermedad laboral o enfermedad profesional a toda patología producida como consecuencia de las condiciones del trabajo. En México, la Ley Federal del Trabajo cuenta con una lista oficial, en la que se asienta el derecho del trabajador a recibir consultas médicas y una indemnización en caso de que el padecimiento lleve al afectado a la discapacidad.
Quizás te interese leer sobre: “Indemnización por accidentes de trabajo“
A través de la higiene industrial, las empresas deben buscar la forma de prevenir las enfermedades, mientras que la medicina del trabajo se especializa en la rehabilitación y curación de los trabajadores afectados.
Algunas enfermedades laborales son:
El síndrome de burnout o agotamiento laboral también ha sido incluido como enfermedad laboral por la OMS, organismo que lo reconoció oficialmente en 2019.
Si usted se enferma, no vaya a trabajar y acuda a la clínica o centro de salud más cercano; si lo amerita, la institución le dará los días de incapacidad que solicite y estos tendrán que ser pagados por la empresa. Asimismo, si usted adquirió una enfermedad como consecuencia de su trabajo, tiene derecho de acudir a sus citas médicas y solicitar incapacidad en caso de que se sienta mal.
Si usted ha sido despedido a causa de una enfermedad adquirida en el trabajo, no le permiten faltar ni acudir a los servicios de salud, o le descuentan dinero por haber acudido, le recomendamos no permitir que la empresa le prive de sus derechos. Para solicitar una cita con los abogados laborales de LEX & CO, llámenos al teléfono 5568401076, mándenos un correo a firma.lex.co@gmail.com, escríbanos a través de nuestro formulario de contacto o WhatsApp, con gusto le atenderemos.
Lic. Carlos Figueroa Rodríguez, abogado titular de Lex & Co. Cuenta con más de 10 años de experiencia en casos especializados en materia de demandas contra negligencias médicas y aseguradoras. Egresado de la Universidad Anáhuac y con Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Barra Nacional de Abogados, además, cuenta con un doctorado en Ciencias Jurídicas por la UCI México. Cédula profesional 6577215.
Calle California N° 130-A (Casi esquina Inglaterra) Col. Parque San Andrés, CDMX C.P. 04040
copyright 2020 Aviso de Privacidad