Cuando se acude a un servicio de salud, tanto público como privado, se hace porque la persona requiere de la atención de un especialista de la salud que lo ayude a resolver sus malestares, poniendo en sus manos incluso hasta su propia vida.
Sea cual sea el caso por el cual se acude el paciente tiene la esperanza de recibir un diagnóstico correcto seguido de un tratamiento que le permita recuperar su salud para continuar desarrollando sus actividades diarias, sin embargo, no siempre ocurre así y la situación puede salirse de control cuando el paciente recibe un trata indigno, se le niega el servicio, el centro médico no cuenta con los medicamentos o personal adecuado para enfrentar la situación, no se le brinda al paciente o sus familiares la información real sobre su estado de salud o los médicos incurren en un acto de impericia o negligencia médica.
Nadie se encuentra exento de ser paciente en algún momento de su vida, por ello es importante conocer los derechos que se tienen para así poder exigir que se respeten.
La Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed), la Subsecretaría de Innovación y Calidad, la Comisión Nacional de Bioética, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Federación Nacional de Colegios de Profesión Médica del IMSS, la Subdirección General Médica del ISSSTE, la Comisión Interinstitucional de Enfermería y la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Salud crearon una Carta de los Derechos Generales de los Pacientes, la cual debe estar exhibida en todos los centros médicos para que los pacientes la conozcan, dicha carta contiene los siguientes puntos:
1.- Recibir atención médica adecuada: el personal médico debe tener los conocimientos y capacidades necesarias para atender la situación, y en caso de que se requiera el servicio de un especialista se tiene que dar aviso oportuno.
2.- Recibir trato digno y respetuoso: todo el personal médico tiene que brindar una atención respetuosa y acorde a las convicciones personales, de género y socioculturales del paciente, así como de sus familiares.
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3.-Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz: los médicos deberán informar de manera comprensible la situación del paciente sin ocultar información.
4.-Decidir libremente sobre su atención: el paciente o su responsable tienen la libertad de aceptar o rechazar los procedimientos o tratamientos médicos sugeridos para su atención.
5.-Otorgar o no su consentimiento válidamente informado: en caso de requerir una intervención riesgosa deberá expresarse el deseo de hacerlo por escrito una vez que se hayan comunicado todas las implicaciones positivas y negativas.
6.-Ser tratado con confidencialidad: la información sobre el paciente no puede ser divulgada más que con la autorización expresa del mismo.
7.-Contar con facilidades para obtener una segunda opinión: si el paciente no está de acuerdo con la información que se le he proporcionado puede solicitar una segunda opinión sobre su caso.
8.-Recibir atención médica en caso de urgencia: cuando la vida de una persona peligra ésta deberá recibir atención médica en cualquier centro médico para estabilizar su condición.
9.-Contar con un expediente clínico: toda la información que se recabe sobre la salud del paciente debe estar contenida en un expediente, el cual el paciente puede solicitar en caso de necesitarlo.
10.- Ser atendido cuando se inconforme con la atención médica recibida: el paciente puede emitir una queja sobre la atención médica recibida y tiene derecho a que se le brinde una respuesta clara, también puede disponer de vías judiciales para resolver cualquier conflicto.
Lic. Carlos Figueroa Rodríguez, abogado titular de Lex & Co. Cuenta con más de 10 años de experiencia en casos especializados en materia de demandas contra negligencias médicas y aseguradoras. Egresado de la Universidad Anáhuac y con Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Barra Nacional de Abogados, además, cuenta con un doctorado en Ciencias Jurídicas por la UCI México. Cédula profesional 6577215.
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