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ToggleEn México, la llegada de los juicios orales ha incrementado la labor de los peritos para que actúen a modo de “testigos expertos” con el fin de exponer la forma en que llegaron a las conclusiones expuestas en su dictamen, ya sea como parte de la defensa, o para avalar a la parte acusatoria. Sin embargo, aunque estos profesionales sean especialistas en un campo del conocimiento, su dictamen está expuesto a posibles impugnaciones.
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Recordemos que las pruebas periciales consisten en una serie de pruebas realizadas por un experto en una materia y su dictamen tiene el fin de resolver alguna controversia a través de métodos científicos. De este modo, tanto las evidencias presentadas como la metodología deben ser relevantes, fiables y probatorias para validar una conclusión.
Un informe pericial es un documento técnico y legal elaborado por un perito especializado en una materia determinada, cuya finalidad es aportar conocimiento experto dentro de un proceso judicial.
Este informe sirve como medio de prueba y busca esclarecer hechos relevantes para el juez o las partes involucradas, mediante un análisis objetivo, fundamentado y basado en la evidencia científica, técnica o profesional.
El contenido del informe pericial debe ser claro, preciso y sustentado en conocimientos especializados en áreas como medicina, contabilidad, ingeniería, psicología, entre otras.
Un informe pericial debe contar con los siguientes elementos esenciales para su validez y utilidad en un proceso judicial:
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Un dictamen pericial puede ser impugnado si presenta inconsistencias, falta de objetividad, si se detectan errores metodológicos o falta de conocimientos acreditados en la materia evaluada. Los motivos más comunes para impugnar un dictamen son:
La impugnación de un dictamen pericial se realiza dentro del proceso judicial y tiene como objetivo desacreditar su validez, veracidad o utilidad como prueba. El procedimiento general incluye los siguientes pasos:
La impugnación debe realizarse después de que se presenta el dictamen pericial y antes de que se dicte sentencia, dentro del plazo legal establecido para formular observaciones o inconformidades. Es importante actuar con prontitud para no perder el derecho a objetar la prueba.
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Lic. Carlos Figueroa Rodríguez, abogado titular de Lex & Co. Cuenta con más de 10 años de experiencia en casos especializados en materia de demandas contra negligencias médicas y aseguradoras. Egresado de la Universidad Anáhuac y con Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la Barra Nacional de Abogados, además, cuenta con un doctorado en Ciencias Jurídicas por la UCI México. Cédula profesional 6577215.
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